13 Junio 2011
El MARM regula la concesión directa de ayudas para financiar la seguridad privada de atuneros.
No se concederá ayuda alguna en los casos de incumplimiento del derecho comunitario, de la PPC y de la normativa de lucha contra la pesca IUU. En estos supuestos, se reembolsarán las ayudas en función de la gravedad de la infracción.
El Gobierno de España ha aprobado la concesión directa de subvenciones para la contratación de seguridad privada a bordo de los buques atuneros congeladores que faenan en el Océano Índico, a través de un Real Decreto aprobado el pasado viernes por el Consejo de Ministros.
Estas ayudas se dirigen a la flota autorizada a operar en este océano que está integrada en la actualidad por un total de 17 buques de pabellón español.
El Gobierno ha considerado conveniente continuar con estas ayudas, que fueron aprobadas en octubre de 2010, como respuesta a la situación creada por la piratería en el Océano Índico que ha alterado la actividad de la flota. La eficacia de esta medida ha quedado patente al impedirse durante los últimos meses las acciones de los piratas mediante la disuasión ejercida por la seguridad privada bordo.
Asimismo, se ha constatado que la posibilidad de defensa por parte de los buques constituye una garantía suficiente para contener las acciones de abordaje y, en consecuencia, el riesgo de que se produzcan daños humanos.
La subvención alcanzará un importe máximo del 25 por ciento del coste total de los servicios de personal contratados que correrá a cargo del Ministerio de Medio Marino, quedando excluidos los costes de viajes, desplazamientos, armamento, munición y custodia de la misma. Esta cantidad podrá elevarse al 50 por ciento para aquellos buques cuyo puerto base radique en las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla, al asumir el Estado la competencia plena.
Los barcos restantes podrán acceder a otro 25% de ayuda por parte de la Comunidad Autónoma donde radique el puerto base del buque. No se concederá ayuda alguna en los casos de incumplimiento del Derecho Comunitario, la Política Pesquera Común o la normativa de lucha contra la pesca ilegal, no declarada y reglamentada (IUU). En estos supuestos se reembolsarán las ayudas en función de la gravedad de la infracción cometida.
Fuente: AGROCOPE - Madrid
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